Auditoría agencias de viaje (IATA)

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Auditoría agencias de viaje para la obtención de la licencia IATA

Auditores Cinco, S.L. tiene una amplia experiencia en la elaboración de informes de revisión limitada para la obtención de la acreditación como agente IATA, y por los cambios en la propiedad o el control de una agencia IATA.

a) Obtención de la acreditación como agente IATA

Para cumplir con los requisitos fijados por la “International Air Transport Association”, IATA , las agencias de viajes que desean ser agentes acreditados de IATA, tienen que cumplir una serie de requisitos obligatorios. El agente acreditado IATA es un agente de venta de pasaje cuyo nombre ha sido incluido en la Relación de Agencias IATA.

IATA sólo aprobará las sociedades o empresas que tengan solidez financiera. La agencia de viajes solicitante deberá, entre otros requisitos, enviar sus cuentas anuales o estados financieros  a la Agencia de Acreditación IATA,  elaborados conforme al marco normativo contable vigente en España.

Las cuentas anuales  o los estados financieros presentados,  deberán ser revisadas por un auditor de cuentas.

Las agencias de viajes pueden dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por la IATA mediante el encargo, a un auditor de cuentas, de la revisión limitada de sus estados financieros.

Los agentes acreditados, durante los dos primeros años de actividad,  deberán  presentar una garantía bancaria o garantía de seguro, a IATA, en función al importe que ésta determine. La cuantía de la garantía será revisada periódicamente por IATA.

En todos los casos, los agentes acreditados deberán presentar declaraciones financieras auditadas para el cierre de ejercicio más reciente, siempre que el final del período contable quede dentro de los seis meses siguientes al segundo aniversario.

b) Cambios en la propiedad o el control de la agencia de viajes IATA

Los cambios en la propiedad o el control de la agencia de viajes,  deberán ser comunicados a IATA tan pronto como estos se hayan acordado y, en cualquier caso, no más tarde de siete días antes de su entrada en vigor.

Posteriormente, la agencia de viajes IATA deberá presentar unas declaraciones financieras auditadas en el momento del cambio de control y que deberán ser presentadas a IATA dentro de los 60 días siguientes al cambio de control.

El incumplimiento de estos requisitos puede implicar que se incrementen las garantías al agente acreditado.

c) Informe de revisión limitada del auditor

IATA exige que los estados financieros  sean sometidos a una revisión limitada realizada por un auditor. El informe de revisión limitada que prepara el auditor se realiza según los estándares establecidos en la Norma Internacional de Trabajos de Revisión 2400. Esta norma requiere planificar y ejecutar la revisión con la finalidad de obtener una seguridad moderada sobre si los estados financieros están libres de errores materiales. Una revisión limitada consiste, principalmente, en realizar preguntas al personal de la entidad responsable de los asuntos financieros y contables y en aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión que sean adecuados a las circunstancias. El alcance de una revisión limitada es sustancialmente menor que el de una auditoría y, por lo tanto, no se expresa una opinión de auditoría.

d) Auditoría obligatoria de cuentas anuales

Independientemente de los requisitos que exige IATA para la obtención de la acreditación como Agente IATA o por el cambio en la propiedad o el control de una agencia de viajes IATA, la normativa mercantil vigente obliga a las sociedades a auditar sus cuentas anuales:

Para las sociedades de capital (sociedades de responsabilidad limitada, anónimas y comanditarias por acciones), existe obligación de auditar las cuentas anuales cuando, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias:

Que el total de las partidas del activo supere los 2.850.000.- euros

Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los  5.700.000.- euros

Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50

 

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