Informes periciales

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Informe pericial por auditores de cuentas

Para acompañar a las demandas de cantidad o para justificar el coste de determinada operación o cálculo del lucro cesante. Se requiere que el  informe esté firmado por un experto independiente. Un auditor de cuentas puede actuar como experto independiente.

El informe pericial se puede definir como el documento emitido por un experto independiente destinado a ser utilizado como medio de prueba o argumentación en el ámbito judicial o prejudicial.

Informe pericial economico

En el ámbito económico, el dictamen o informe pericial abarca materias puramente económicas y contables y se diferencia de otros medios de prueba en que combina la aportación de un documento elaborado con el que se prueban determinados hechos o argumentos, con la exposición del mismo por parte del perito experto.

El mayor desarrollo normativo referido al dictamen pericial y al perito se encuentra en la ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, aunque también encontramos otras referencias normativas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, Ley de la jurisdicción contencioso administrativa o Ley reguladora de la jurisdicción social.

La Ley de Enjuiciamiento Civil regula los procedimientos legales antes los tribunales en reclamación de derechos en asuntos de naturaleza civil o mercantil.

La prueba pericial es una actividad procesal y el perito un experto que aporta conocimientos especializados al proceso y/o un auxiliar del juez (un auditor de cuentas puede ser nombrado como perito, en su carácter de experto).

El perito puede ser designado por las partes a las que corresponde la carga de alegar y probar.

El tribunal se reserva la designación del perito a solicitud de las partes o cuando resulte estrictamente necesario.

Cuestiones en las que puede intervenir el auditor como perito economista:

  • Ámbito civil:
    • Comprobación de hechos concretos a través de los estados financieros.
    • Constatación de hechos a través de documentos no contables: extractos bancarios, declaraciones fiscales, libros de gastos e ingresos, etc.
    • Valoraciones de negocios, empresas, participaciones o acciones.
    • Valoración de activos inmateriales basados en derechos de explotación, uso,…
    • Indemnizaciones por daños y perjuicios: lucro cesante y daño emergente.
    • Constatación de hechos relativos a competencia desleal o restricciones de competencia.
    • Comprobación del cumplimiento de condiciones financieras en préstamos o créditos
    • Valoración de bienes y derechos en procesos de separación y divorcio
    • Auditoría de cuentas y revisión limitada
    • Valoración en casos de división de herencia.
  • Ámbito penal:
    • Constatación de hechos relacionados con apropiación indebida.
    • Verificación de irregularidades constitutivas de posibles fraudes o estafas.
    • Comprobación de hechos en casos de falsificación o alteración de documentación económico contable
  • Ámbito laboral:
    • Comprobación de actos irregulares de trabajadores de carácter económico-contable.
    • Constatación de existencia de hechos económicos en caso de ERE o despido objetivo.
  • Ámbito contencioso-administrativo o económico-administrativo:
    • Cálculo de indemnizaciones, daños o perjuicios o lucro cesante causado por actos de las administraciones públicas.
    • Constatación de cumplimiento, existencia o interpretación de aspectos fiscales.

Auditores expertos en informes periciales

En la elaboración de informe pericial por experto independiente designado por una de las partes  es importante delimitar con el cliente el alcance de la prueba y aclarar las limitaciones de la propia prueba y las impuestas por las circunstancias.

En el artículo 336.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se señala que los informes periciales se formularán por escrito, acompañados, en su caso, de los demás documentos, instrumentos o materiales adecuados para exponer el parecer del perito sobre lo que haya sido objeto de la pericia.  Si no fuese posible o conveniente aportar estos materiales o instrumentos, el escrito de dictamen contendrá sobre ellos las indicaciones suficientes.  Podrán asimismo, acompañarse al dictamen los documentos que se estimen adecuados para su más acertada valoración.

Informe pericial lucro cesante

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